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Consejo

La CE recoge en su web el Trabajo Social como profesión regulada

lunes 11 de julio de 2016 CGTS

El reconocimiento no es definitivo. Sería necesario que España lo incluyera en su Plan de Acción Nacional, donde recogerá las condiciones que deben reunir las profesiones para ser reguladas.

El objetivo principal de este proceso es revisar las profesiones reguladas en cada uno de los países de la Unión Europea y así facilitar la movilidad de los y las profesionales para poder ejercer libremente.

La Comisión Europea abrió en noviembre de 2013 el proceso de evaluación de las regulaciones nacionales del acceso a las profesiones, con la finalidad de facilitar la implantación del mandato incorporado en la Directiva 2013/55 de modificación de la Directiva 2005/36 de reconocimiento de cualificaciones profesionales.

La Comisión solicitó a los Estados miembros realizar la revisión a nivel nacional de los requisitos en materia de cualificaciones impuestos a las profesiones reguladas y del alcance de las actividades reservadas. Según la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la Evaluación de las regulaciones nacionales en el acceso a las profesiones, Trabajo Social entraba a ser evaluado en la tercera fase del proceso.

Dentro de ese proceso cada país tiene que elaborar un Plan de Acción Nacional en el que se detallan las reformas que se van a aplicar a la regulación de sus profesiones como resultado de sus procesos de evaluación.

En junio de 2015, el Consejo recibió el encargo del Ministerio de Educación, Ciencia y Deporte de completar el cuestionario de proporcionalidad en relación con la profesión de Trabajador/a Social que habría de aparecer en la Base de Datos de Profesiones Reguladas de la Comisión Europea. Se mantuvo una reunión con la coordinadora nacional de reconocimiento de cualificaciones profesionales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y con la responsable de la regulación de nuestra profesión en el Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad (nuestro Ministerio tutelar). Dicha reunión consistía en darnos las indicaciones para realizar el ejercicio y la cumplimentación de la base de datos, en lo que se refiere a la profesión de Trabajador/a Social en España en base a los criterios requeridos por la Comisión Europe a, así como sobre las pruebas, datos y factores económicos a incluir en el análisis de proporcionalidad. Tras la cumplimentación del formulario por parte del Consejo, los tres Ministerios involucrados lo revisaron y presentaron un informe a la Comisión Europea (en nuestro caso debían presentarlo antes de enero de 2016) indicando las medidas consideradas en relación a la regulación de nuestra profesión.
Recientemente se ha incorporado la descripción de nuestra profesión a la Base de Datos de la Comision Europea, recogiendo las características que el Consejo General facilitó en el informe elaborado, de modo que en España la profesión de Trabajador/a Social se considera como “regulada con reserva de actividad y protección del título” y con obligación de registro/colegiación en colegios profesionales. Todavía no se ha elaborado el Plan de Acción Nacional de las profesiones reguladas, pero este podría ser un primer paso en la dirección correcta para los intereses y expectativas de nuestra profesión.

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