Voluntarios para Emergencias Sociales
En Soria, cuenta con 12 Profesionales del Trabajo Social Voluntarios
Este grupo de voluntarios profesionales se activará en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cuando le sea requerido por parte del Gerente Territorial de Servicios Sociales, a través de cada Colegio Oficial de Trabajo Social de la respectiva provincia afectada por una situación de emergencia .
Podrá intervenir de forma excepcional a nivel interprovincial, cuando sea valorado por el Consejo Autonómico de Trabajo Social de Castilla y León, a petición de la Gerencia de Servicios Sociales o de la estructura autonómica de protección civil competente en la gestión de emergencias.
La finalidad del Grupo de Voluntariado es:
• Ofrecer respuestas profesionalizadas a la ciudadanía para mejorar la atención social en las emergencias y catástrofes que se vea afectada de manera subsidiaria y complementaria a la activación de los profesionales del Sistema de Servicios Sociales de Responsabilidad Pública.
• Formación y capacitación continuada de los profesionales (no solo los voluntarios), se realizan periodicamente formaciones online y presenciales.
• Asesorar a los CECOPI de asistencia social bajo demanda.
• Ofrecer orientación a los profesionales.
• Coordinarse con los diferentes grupos de voluntarios de los colegios si la emergencia es interprovincial.
• Planificar y Unificar la Intervención: no improvisar.
La atención social de una gran emergencia o catástrofe es primordial. Los profesionales del Trabajo Social tienen funciones reconocidas en diferentes normativas.
Nuestro grupo de voluntarios profesionales se encardina, junto con los profesionales de Servicios Sociales en el Actual Plan de Emergencias vigente en Castilla y León (PLANCAL, aprobado por el DECRETO 4/2019, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León), que encardina en los siguientes apartados:
La acción, intervención o asistencia Social, viene recogida en uno de los Grupos de Acción del CECOP.
2.6.2. GRUPOS DE ACCIÓN.
Los Grupos de Acción son unidades organizadas con la preparación, la experiencia y los medios materiales pertinentes para hacer frente a la emergencia de forma coordinada y de acuerdo con las funciones que tienen encomendadas. Los Grupos de Acción se constituyen con los MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES propios de la Administración autonómica de Castilla y León, los asignados por otras Administraciones Públicas y los dependientes de otras entidades públicas o privadas, con los cuales se organiza la intervención directa en la emergencia. Aunque pueden estar compuestos por medios humanos y materiales de distinta titularidad, tienen en común la realización de funciones convergentes y complementarias.
Para la ejecución de las actuaciones previstas en el Plan se constituirán los siguientes Grupos de Acción:
• Grupo de Intervención.
• Grupo Sanitario.
• Grupo de Seguridad.
• Grupo Logístico y de Apoyo.
• Grupo de Asistencia Social.
• Grupo de Asistencia Psicológica.
2.6.2.6.- Grupo de Asistencia Social
El Grupo de Asistencia Social es el encargado de ejecutar las medidas de actuación de carácter social de ayuda a la población afectada.
Son funciones propias del Grupo de Asistencia Social:
- IDENTIFICAR, FILIAR, ATENDER Y CONFORTAR a la población afectada.
- GESTIONAR TRASLADOS a los centros de acogida
- atender el AUXILIO MATERIAL Y SOCORRO ALIMENTARIO de la población,
- llevar el CONTROL DE LOS DATOS , ESTADO Y UBICACIÓN de las personas afectadas,
- ORGANIZAR a la población afectada en orden a su EVACUACIÓN, derivando a los evacuados a domicilios de familiares, amistades, voluntarios o hacia albergues o centros de acogida creados al efecto,
- GESTIÓN interna de albergue,
- ASISTENCIA a víctimas, familiares y allegados, y
- FACILITAR LA ATENCIÓN adecuada a las personas con necesidades especiales
Asimismo, en el punto 2.6.6., se recoge el VOLUNTARIADO:
La participación ciudadana constituye un fundamento esencial de colaboración de la sociedad en el sistema de protección civil. Se entiende por voluntario aquel colaborador que, de forma voluntaria y altruista, sin ánimo de lucro, ni personal ni corporativo, personalmente o mediante las organizaciones de las que forman parte, realice una actividad a iniciativa propia o a petición de las autoridades.
Los voluntarios de las agrupaciones y asociaciones de voluntarios de protección civil podrán intervenir en la emergencia:
- previa solicitud desde la Dirección del PLANCAL,
- cuando manifiesten su interés en participar mediante solicitud a la Dirección del PLANCAL, y
- cuando antes de la activación del PLANCAL se encontrarán colaborando en la resolución de la emergencia.
La Dirección del PLANCAL, en cualquier caso, decidirá junto con el jefe del PMA:
- el momento y el modo de incorporación,
- el Grupo de Acción dentro del que actuarán, y
- el momento en que cesa su participación.
La adscripción a los distintos Grupos de Acción será determinada en función de la formación y capacitación.
Los voluntarios siempre estarán a las órdenes del jefe de Grupo asignado, debiendo mantenerse dentro del mismo.
Estos mismos criterios serán aplicados a cualquier otra organización de voluntarios que quieran prestar su apoyo.



