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ASTURIAS

La colegiación obligatoria en Trabajo Social

En virtud del artículo 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales; la Ley 10/1982, de 13 de abril, de Creación de los Colegios Oficiales de Asistentes Sociales (artículo 3º) y los Estatutos Generales y Particulares de la Profesión, es necesaria la colegiación de las y los Trabajadores Sociales para el ejercicio de la profesión. 

Además la colegiación también se considera obligatoria para el personal de la Administración Pública según las Sentencias del TC de 17 de enero de 2013 (Andalucía), 28 de febrero de 2013 (Extremadura) y 28 de febrero de 2013 (Asturias). 

En definitiva, la colegiación es obligatoria y única para aquellas/os profesionales que trabajen para una administración pública o desempeñen su actividad profesional de forma privada

Colegiarse es un ejercicio de responsabilidad de cada profesional. Una garantía de compromiso deontológico y de buena praxis profesional. Así mismo, la colegiación es un derecho: el derecho a la representación de nuestros intereses, a la promoción del papel de las/os Trabajadoras/es Sociales en nuestra sociedad, a la ordenación del ejercicio profesional. En definitiva, si nos unimos, haremos un adecuado ejercicio de visibilidad y defensa de nuestra profesión, el Trabajo Social. Desde el COTSA trabajamos para defender la profesión y para que las personas que se dedican al Trabajo Social se sientan representadas por este Colegio.

Además, cada vez son más las instituciones que establecen como requisito la colegiación para poder acceder a las plazas que se convocan. Si queremos una buena atención profesional dentro del Trabajo Social, los informes sociales deberán estar firmados con tu número de colegiada/o.

Si necesitas más información, no dudes en solicitárnosla a través del correo asturias@cgtrabajosocial.es

¡Anímate a colegiarte! 

 

DESCARGA AQUÍ LA CARTA CONJUNTA DEL CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL Y LOS COLEGIOS OFICIALES DE TRABAJO SOCIAL LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA

 

DECÁLOGO SOBRE COLEGIACIÓN OBLIGATORIA EN TRABAJO SOCIAL

 

La colegiación no solo es obligatoria en la profesión del Trabajo Social, sino que también hay motivos para hacerlo.

Nº 1: Es obligatoria y aplicable a todas las personas en ejercicio. STC 3/2013

Nº 2: Representa tu compromiso con la garantía de derechos con la ciudadanía.

Nº 3: Participas en la estructura colegial y decisiones de la profesión.

Nº 4: Es una garantía de buena praxis profesional.

Nº 5: Tendrás asesoramiento en planteamientos éticos derivados del día a día de la práctica profesional.

Nº 6: Contribuirás al fortalecimiento de nuestra identidad como profesionales del trabajo social.  

Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias

C/ Los Moros nº 51, piso 3º

33206 Gijón

De lunes a viernes, de 9.30 a 14.00 horas. Además, de octubre a mayo ambos inclusive, los miércoles de 16:00 a 19:30 horas.

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