El Colegio: Estructura Colegial. Junta de Gobierno.
La Junta de Gobierno.
Es el órgano de representación y gestión del Colegio, al que corresponde su gobierno y administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico y a los presentes Estatutos. Le corresponde a la Junta de Gobierno el ejercicio de las siguientes funciones (Artículo 22):
1. Velar por el cumplimiento y correcta ejecución de los acuerdos de la Asamblea General y promover las iniciativas que ésta le encomiende.
2. Resolver las peticiones de incorporación al colegio y las bajas de sus colegiados.
3. Administrar las normas y sanciones del Colegio y disponer de los recursos e inversiones.
4. Confeccionar, para su remisión a la Asamblea General, la memoria anual de actividades, la memoria económica, presupuestos de cuentas; así como los Reglamentos y normativas que procedan, incluso el Proyecto de Reforma de Estatutos.
5. Ejercer la potestad disciplinaria sobre los colegiados.
6. Dirimir los conflictos que surjan en el ejercicio de la profesión y ordenar los Turnos que se creen.
7. Fijar la fecha de celebración de la Asamblea y su orden del día, en la forma indicada en el artículo 17.
8. Informar a los colegiados y resolver sus consultas, quejas y peticiones.
9. Las de coordinación con los Consejos Andaluz y Estatal, ejecutando los acuerdos correspondientes.
Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de Almería: