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Consejo

COMISIÓN DEONTOLÓGICA

La Comisión Deontológica es un órgano independiente adscrito al Consejo General del Trabajo Social cuya finalidad es promover el compromiso ético de las y los profesionales del trabajo social, así como velar por la actualización, la difusión y el cumplimiento de su Código Deontológico. Los fines que persigue, especificados en el artículo 2 del Reglamento de Régimen Interno, son los siguientes: preservar los valores y principios de la profesión de trabajo social, afianzar la legitimación de la profesión y la organización colegial, garantizar una buena praxis profesional y promover la cultura y la formación en deontología profesional.

¿Qué es la Comisión Deontológica?

  1. Órgano colegiado de carácter técnico, consultivo y asesor.

  2. Emite informes (dictámenes, recomendaciones, propuestas) de carácter no vinculante en materia de ética y deontología profesional del trabajo social a petición del CGTS.

  3. Realiza propuestas formativas y divulgadoras a la Junta del Gobierno del CGTS en materia de ética y deontología profesional.

  4. Colabora e interactuar con otras Comisiones Deontológicas.

¿Qué NO es la Comisión Deontológica?

  1. NO es un órgano de carácter ejecutivo, ya que NO tiene la última palabra.

  2. NO es un órgano de carácter instructivo, ya que NO interviene en acciones judiciales, ni en recursos administrativos.

  3. NO enjuicia moralmente las actividades profesionales.

  4. NO interviene en asuntos que competen a otros ámbitos (comisiones sindicales, disciplinarias, etc.).

  5. NO aborda problemas socio-económicos o socio-laborales.

Estructura del procedimiento

  1. Las solicitudes a la Comisión Deontológica deberán ser remitidas al CGTS, que se encargará de estudiar la pertinencia de las provenientes de:

    1. Juntas de Gobierno de los Colegios o Consejos autonómicos

    2. Organismos e instituciones públicas y privadas

    3. Personas colegiadas

  2. El CGTS analizará y valorará la adecuación de las solicitudes recibidas a las funciones de la Comisión Deontológica.

La solicitud de informes o dictámenes por parte de Colegios, Instituciones o particulares de dicha Comisión se realizarán atendiendo al procedimiento del artículo 10 del Reglamento por los cauces establecidos por el Consejo General del Trabajo Social, remitiendo la consulta debidamente motivada a consejo@cgtrabajosocial.es

Para ello será necesario rellenar el documento adjunto y remitirlo debidamente firmado y sellado: PINCHA AQUÍ

Para cualquier consulta en este sentido llamar al teléfono del Consejo General: 91 541 57 76

 

Consejo General del Trabajo Social

Calle San Roque 4 Local 2

28004 Madrid

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