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Consejo

Día Europeo de la Mediación

lunes 21 de enero de 2019

Hoy día 21 de enero se celebra el Día Europeo de la Mediación, coincidiendo con la fecha de aprobación de la Recomendación sobre Mediación Familiar, aprobada por el Consejo de Europa en 1998.

En España entró en la legislación en 2012, y nuestras/os trabajadores cuentan con un perfil idóneo para ejercer la mediación como acción profesional específica, interviniendo en situaciones conflictivas en su práctica cotidiana.

La Mediación y el Trabajo Social.
La incorporación de la mediación a los planes de estudio del Trabajo Social, la difusión de la mediación desde los Colegios Profesionales, el reconocimiento específico del/la trabajador/a social como mediador/a en algunas leyes autonómicas de mediación, y la práctica cotidiana en situaciones conflictivas, sitúan al profesional del Trabajo Social en el perfil idóneo para ejercer la mediación como acción profesional específica, aportando un valor añadido único, apoyado en la fuerte base psico-social y jurídica que se entiende como necesaria para el ejercicio de la mediación.
Hoy día 21 de enero se celebra el Día Europeo de la Mediación, coincidiendo con la fecha de aprobación de la Recomendación sobre Mediación Familiar, aprobada por el Consejo de Europa en 1998.

En España se produce un desarrollo normativo posterior que se materializó en la Ley 5/2012 en el que se define la Mediación como “medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador/a”.

El Estatuto Profesional de Trabajadores Sociales y Asistentes Sociales (2001), en su artículo 6, se recoge en la definición de las competencias propias de la profesión de Trabajador/a Social, en donde se reconoce la Mediación como función propia de los/as Trabajadores/as Sociales.

En dicho artículo se define la función del Trabajador/a Social como figura que “actúa como catalizador, posibilitando la unión de las partes implicadas en el conflicto con el fin de posibilitar con su intervención que sean los propios quienes logren la resolución del mismo”.

Emiliana Vicente, presidenta del CGTS, nos recuerda que en nuestro Código Deontológico del Trabajo Social, entre las funciones que se podrán desarrollar de manera interrelacionada, de acuerdo con la metodología específica de la intervención que se utilice está la Mediación. En su Artículo 40 recoge que “El/la profesional del trabajo social dispondrá de autonomía para elegir y aplicar en la elección y aplicación de técnicas idóneas, medios y condiciones que favorezcan sus relaciones e intervenciones profesionales”.

Con motivo de la celebración de este día, el Consejo General del Trabajo Social quiere recordar estos principios éticos, defender las actuaciones y el espacio profesional, los intereses de la profesión y la calidad de las intervenciones.

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