- EL COLEGIO
- COLEGIACIÓN
- SERVICIOS COTSA
- Carta de servicios COTSA
- Acciones de defensa del Trabajo Social
- Boletín informativo
- Seguro de Responsabilidad Civil
- Grupos de trabajo
- Carnet colegial
- Sello personal COTSA
- Correo electrónico profesional
- Visado Profesional
- Guía de recursos - Asturias
- Biblioteca COTSA
- Atención a consultas sobre el desempeño profesional
- Supervisión individual
- Manual de servicios COTSA
- FORMACION
- EMPLEO
- LA PROFESIÓN
- DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
- DEFENSA TS
- CIUDADANÍA
Ǘltima actualización: 22 de diciembre de 2022
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias es una Corporación de Derecho Público de carácter representativo de la profesión de Trabajo Social, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Son fines esenciales del Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias la ordenación del ejercicio de la actividad profesional, la representación institucional exclusiva de la profesión en su ámbito territorial, la observancia de los principios jurídicos, éticos y deontológicos, la formación permanente de las personas colegiadas, así como la defensa de los intereses profesionales de las mismas. Corresponde al Colegio Profesional la protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de sus colegiadas/os en el ámbito de sus competencias.
La última modificación de los estatutos particulares del Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias se aprobó en Asamblea General Extraordinaria de 19 de diciembre de 2018.
El 29 de julio de 2019 se declara la adecuación a la legalidad de los estatutos y se publican en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
---------------------------------------------------
El Consejo General del Trabajo Social en su Asamblea de 12 de diciembre de 2020 presentó su Código de Buen Gobierno. Un documento que aprobamos desde la estructura colegial asumiendo el compromiso de confeccionar un Código propio en cada Colegio Profesional del territorio.
La Junta de Gobierno presentó el 16 de noviembre de 2022 ante la colegiatura una propuesta de texto abriendo un proceso de aportaciones. No habiendo ninguna aportación, el pasado 20 de diciembre de 2022, en la II Asamblea General Ordinaria del COTSA se sometió a aprobación el Código de Buen Gobierno del COTSA siendo aprobado por unanimidad.
Este documento:
-
Formaliza procedimientos que hasta ahora se articulaban a través de acuerdos puntuales.
-
Pretende estandarizar la gestión.
-
Recoge criterios básicos para la toma de decisiones y la gestión operativa de los órganos de Gobierno del COTSA.
-
Es una guía de compromisos para sus órganos, tanto para la Junta de Gobierno como para la Asamblea General.
Supone una garantía de transparencia ante los poderes públicos, personas colegiadas, personas empleadas, proveedores, resto de estructura colegial y la ciudadanía.
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DEL COTSA
---------------------------------------------------
NORMATIVA APLICABLE
Además de los Estatutos particulares del COTSA, la siguiente legislación tambiés es de aplicación al Colegio:
-
La Ley 2/1974 de Colegios Profesionales (modificada por las leyes 14/1978 de 26 de diciembre y 7/1997 de 14 de abril) es la que regula a los Colegios Profesionales.
-
La Ley 10/1982, de 13 de abril, de creación de los Colegios Oficiales de Asistentes Sociales establece que para ejercer como trabajador/a social en España se exige una titulación universitaria en Trabajo Social y la incorporación o registro en el Colegio Profesional correspondiente.
-
El Real Decreto 174/2001 que aprueba los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Trabajo Social, junto con los Estatutos del Consejo General del Trabajo Social y los propios de cada Colegio (ver aquí el Estatuto del COTSA), junto con el Código Deontológico de la profesión son las normas que regulan el ejercicio y la deontología de la profesión de Trabajdor y Trabajadora Social.
-
Más información aquí sobre los Estatutos Generales de los Colegios Profesionales del Trabajo Social, elaborada por el Consejo General del TRabajo Social.
-
Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 26 de julio de 1982 por la que se aprueban los Estatutos Generales provisionales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.
-
-
A nivel internacional, los y las profesionales del Trabajo Social deben cumplir con la Declaración Global de Principios Éticos y de Integridad Profesional del Trabajo Social aprobada en la Asamblea General de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales y en la Asamblea General de la Asociación Internacional de Escuelas de Trabajo Social en Dublín, Irlanda, en Julio de 2018.
-
Leyes Autonómicas de Colegios Profesionales. Concretamente, en Asturias no disponemos de esta ley.