- EL COLEGIO
- COLEGIACIÓN
- SERVICIOS COTSA
- Carta de servicios COTSA
- Acciones de defensa del Trabajo Social
- Boletín informativo
- Seguro de Responsabilidad Civil
- Grupos de trabajo
- Carnet colegial
- Sello personal COTSA
- Correo corporativo
- Visado Profesional
- Guía de recursos - Asturias
- Biblioteca COTSA
- Atención a consultas sobre el desempeño profesional
- Supervisión individual
- Manual de servicios COTSA
- FORMACION
- EMPLEO
- LA PROFESIÓN
- DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
- DEFENSA DEL TRABAJO SOCIAL, VISIBILIZACIÓN Y PRENSA
- CIUDADANÍA
- COVID19
La cuota de colegiación es deducible de la declaración de la renta 2020
Este miércoles, 7 de abril, se inicia la presentación, por medios telemáticos, de la Declaración de la Renta 2020. Podrás presentar la misma hasta el 30 de junio de 2021.
Por ello, queremos recordarte que las cuotas abonadas por las personas físicas a los Colegios Profesionales son consideradas por la normativa tributaria como gastos deducibles, tal y como indica el artículo 19 de la Ley IRPF
Esto se debe a que la colegiación en Trabajo Social es obligatoria para ejercer la profesión.
En definitiva, podrás indicar la cantidad abonada al COTSA en el apartado “Rendimientos del Trabajo” , tal y como se te indica en este vídeo explicativo
Si no lo recuerdas, escríbenos a al correo asturias@cgtrabajosocial.es indicando en el asunto “Nº Col_Declaración renta” y te indicaremos cuál es la cantidad satisfecha en concepto de cuota colegial.
Finalizamos recordándote que el COTSA apoya la campaña X Solidaria. Marca la casilla de “Actividades de Interés Social” en tu declaración y el 0,7% irá destinado a programas para las personas más vulnerables. No tiene ningún coste económico para ti y así decides el destino de tus impuestos. Te animamos a ser XSolidari@.
Esperamos que esta información resulte de tu interés.
Un saludo,
Comentarios
Aún no hay comentarios