IMPORTANTE – Cambios en los modelos de solicitud de Dependencia.
Se informa que, a partir del 23 de abril de 2026 se implanta la nueva solicitud del procedimiento 7402 de reconocimiento de grado y prestaciones del sistema de la dependencia, la cual consta de 3 partes:
- 7402 A: SOLICITUD INICIAL
- 7402 B: SOLICITUD DE REVISIÓN DE GRADO
- 7402 C: SOLICITUD DE TRASLADO DE EXPEDIENTE
Los formularios ya se encuentran disponibles.
Fuente IMAS: https://imasonline.blog/2026/04/20/dependencia-importante-cambios-en-los-modelos-de-solicitud-de-dependencia/
La solicitud 7402A (solicitud inicial) tiene el mismo contenido que la actual, con la excepción de que también se debe elegir la prestación económica o servicio deseado por la persona solicitante.
La solicitud 7402B (revisión de grado de dependencia) sustituye al procedimiento 2115 actual, que será eliminado.
La solicitud 7402C, relativa al traslado del expediente de dependencia entre comunidades autónomas, conlleva la modificación del procedimiento 1398, Comunicación de Cambio de Circunstancias en Dependencia (ejp. IBAN, cuidador, capacidad económica, etc.), común a todas las direcciones generales del IMAS, con la supresiónde la parte relativa a la solicitud de traslado de expediente.
Los demás procedimientos permanecen en los mismos términos que actualmente;
-Procedimiento 1555. Solicitud de Cambio de Prestación o Servicio (Dirección General de Pensiones)
-Procedimiento 1399. Solicitud o Revisión de Servicios/Prestaciones de Dependencia de personas con discapacidad
-Procedimiento 2423. Solicitud de Servicios y/o Prestaciones de Dependencia para personas mayores
En consecuencia, todas las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia, revisión de grado o traslado de expediente que se presenten a partir de dicha fecha deberán realizarse obligatoriamente a través del nuevo formulario del 7402 A, B y C.
Por ello, se advierte que:
Las solicitudes presentadas a partir del 23 de abril de 2026 que no utilicen el nuevo modelo debidamente cumplimentado, serán objeto de requerimiento de subsanación para su cumplimentación según el nuevo modelo de solicitud, paralizándose con ello, la tramitación del procedimiento, con la consiguiente demora.
Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha de 23 de abril, se tramitarán conforme al modelo actualmente en vigor
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